morada Pen. Espacio cerrado y separado del mundo exterior en el que se desarrolla la vida privada, destinado a pernoctar y en uso actual, aunque no necesariamente permanente.CP, art. 202. ArgentinaLey 11179, por la que se aprueba el Código Penal, publicada el 3-XI-1921ChileCódigo Penal, promulgado el 12-XI-1874ColombiaLey 599 de 2000, por la que se aprueba el Código Penal, Publicada en el Diario Oficial 44.097, el 24-VII-2000.Costa RicaLey 4573, de Código Penal, publicada en la Gaceta 257, el 15-XI-1970MéxicoCódigo Penal de la Federación, publicado en la Tercera Sección del Diario Oficial de la Federación, el 14-VIII-1931allanamiento de morada, moradorReferenciado desdeallanamiento1, casa habitada, coacción, dependencia de casa habitada, entrar en morada ajena, intimidad domiciliaria, inviolabilidad del domicilio, mantenerse en morada ajena, moradormora non fit in illiquidismorador, ra