- no residente a efectos fiscales
- Fin. Persona física o jurídica cuya residencia efectiva no radica en España de acuerdo a la normativa reguladora de cada tributo y que, en consecuencia, solo tributa por «obligación real», es decir, por los bienes, derechos o rentas obtenidos en nuestro territorio.
TRLIRNR, art. 12.