Diccionario panhispánico del español jurídico

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opciones de vida eclesial

Sublema de opción
Can. Posibilidades de elección de distintos estados de vida dentro de la Iglesia.
El CIC, c. 219, establece que «en la elección del estado de vida, todos los fieles tienen derecho a ser inmunes de cualquier coacción». En esta declaración, el Código formula un principio fundamental del ordenamiento general de la Iglesia, que, por expresar emanaciones primarias de la condición humana racional, se inscribe como derecho humano de primer orden en las declaraciones modernas de los derechos humanos. Las personas han de abrirse a constantes decisiones en que han de comprometer su libertad. Ese compromiso es tanto mayor cuanto más sustanciales y definitorias vitalmente deban ser las respuestas a las opciones.