Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

ordenamiento jurídico

Const. Conjunto de reglas escritas, principios y valores que regulan la organización del poder, las relaciones con los ciudadanos y las garantías de los derechos y las relaciones entre estos, así como ordenan las políticas públicas en beneficio del interés general.
Utilizar únicamente lo establecido en las leyes para medir la validez de los actos o disposiciones administrativas «equivale a incurrir en un positivismo superado y olvidar que lo jurídico no se encierra y circunscribe en las disposiciones escritas, sino que se extiende a los principios y a la normatividad inmanente en la naturaleza de las instituciones» (Ley de 27-XII-1956, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, Exposición de Motivos). La noción de ordenamiento jurídico como conjunto orgánico formado por leyes, principios y valores se utiliza en diversas normas escritas. En la Constitución, artículos 1.1 , 8.1, 86.1, 96.1 y 147.1. En otras normas: LRJSP, arts. 3.1; LPAC, art. 48.1 ; LJCA, art. 70.2 , etc.

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