Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

parricidio

Hist. y Pen. Delito consistente en dar muerte a un ascendiente o descendiente, o al cónyuge.
«El que matare a su padre, madre o hijo, o a cualquiera otro de sus ascendientes o descendientes legítimos o ilegítimos, o a su cónyuge, será castigado, como parricida, con la pena de reclusión mayor a muerte» (CP 1973, art. 405). En alguna legislación, como la chilena, se especifica que el delito se ha de cometer «conociendo las relaciones que los ligan» y se amplía el abanico de sujetos pasivos a «quien es o ha sido su cónyuge o su conviviente» (CPCh, art. 390).

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