- perjudicado por el delito
- Proc. Sujeto pasivo del delito o de sus consecuencias perjudiciales. Puede coincidir con el ofendido por el delito o no ser así cuando no sea la víctima del mismo sino quien se ve dañado por circunstancias que acompañan o derivan de su comisión. Podrá ser parte en el proceso sin necesidad de formular querella mediante el ejercicio de la acción civil resarcitoria o indemnizatoria en el procedimiento civil correspondiente siempre que se haga constar así de manera expresa.