Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

persona moral

Sublema de persona
1. Gral. V. persona jurídica
En la República Dominicana, Código Tributario, art. 291; Código Penal, art. 336; Código de Trabajo, art. 2.
2. Can. Persona jurídica originaria y superior en el derecho canónico.
La Iglesia universal y la Santa Sede son designadas en el CIC como personas morales (CIC, c. 113).