Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

personal eventual

Sublema de personal
1. Adm. Personas que, con carácter no permanente, son nombradas para realizar funciones de confianza o asesoramiento especial de autoridades y altos cargos de la Administración. El nombramiento y cese de dicho personal por parte de la autoridad competente es libre y su condición no puede constituir mérito para el acceso a la función pública de carrera o para la promoción interna.
2. Lab. Personal que, en virtud de nombramiento y con carácter no permanente, solo realiza funciones expresamente calificadas como de confianza o asesoramiento especial, siendo retribuido con cargo a los créditos presupuestarios consignados para este fin.
EBEP, art. 12.

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