Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

productor, ra

1. Gral. Empresario o profesional que fabrica o elabora bienes. El productor tiene el deber de mantenerse informado de los riesgos que sus productos puedan presentar.
2. Pen. Persona que se dedica profesionalmente a la producción de algún bien.
CP, arts. 363 y 364.1.
3. Gral. Persona que con responsabilidad financiera y comercial organiza la realización de una obra cinematográfica, discográfica, televisiva, etc., y aporta el capital necesario.
4. Adm. Persona física o jurídica que de forma profesional desarrolla, fabrica, procesa, trata, vende o importa productos, en particular aquellos que con el uso se convierten en residuos, por lo que está sometida a unas obligaciones que integran la denominada responsabilidad ampliada para diseñar y producir de manera que se reduzcan los impactos ambientales y la generación de residuos, así como asumir la organización de la gestión de los residuos.
Ley 22/2011, de 28-VII, de residuos y suelos contaminados, art. 31.

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