- protección temporal
- Int. púb. Concesión de una protección inmediata y temporal por un período de un año prorrogable a un máximo de dos años, en caso de afluencia masiva de personas desplazadas hacia la Unión Europea especialmente a causa de situaciones de conflicto y de violaciones de los derechos humanos, mediando una decisión del Consejo a propuesta de la Comisión que garantice un equilibrio entre los esfuerzos realizados por los Estados miembros para acogerlos.
La protección concluirá cuando el Consejo estime a propuesta de la Comisión que la situación permite un regreso seguro de las personas desplazadas. Directiva 2001/55/CE del Consejo, de 20-VII-2001 ;Real Decreto 1325/2003 , de 24-X, por el que se aprueba el Reglamento sobre régimen de protección temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas.
Sublema de protección