- relación precisa y circunstanciada
- Lab. Uno de los contenidos obligatorios del escrito de interposición de un recurso de casación para la unificación de doctrina, consistente en una comparación de los hechos de las sentencias recurrida y de contraste, del objeto de las pretensiones y de los fundamentos de estas.«Para cumplir con este requisito la parte recurrente debe establecer la identidad de los supuestos a partir de los que afirma la existencia de contradicción, mediante una argumentación sobre la concurrencia de las identidades del
art. 217 LPL (actual 219.1 de la LRJS ) a través de un examen que sea suficiente para ofrecer a la parte recurrida y a la propia Sala los términos en que el recurrente sitúa la oposición de los pronunciamientos, lo que exige una comparación de los hechos de las sentencias, del objeto de las pretensiones y de los fundamentos de estas» (STS, 4.ª, 24-IV-2014, rec. 1200/13 ;STS, 4.ª, 18-XII-2014, rec. 2810/2012 ).