- reunión conjunta de las cámaras
- Const.; R. Dom. Sesión conjunta de la Cámara de Diputados y del Senado con el fin de recibir el mensaje y la rendición de cuentas del presidente de la República y las memorias de los ministerios o para celebrar actos conmemorativos o de naturaleza protocolar.
Constitución de la República Dominicana , art. 121.
Sublema de reunión