- sección
- 1. Proc. División que se establece dentro de las salas de algunos tribunales a efectos organizativos, como es el caso de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, y que actúa como sala de justicia.
LOPJ, art. 198; Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, arts. 15 y 16 . «Y en cuanto a la justificación normativa de las medidas adoptadas, se invocaba, por un lado, lo establecido en losartículos 197 y 198.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial [LOPJ], respectivamente, sobre las facultades de los Presidentes de Sala y de la mayoría de sus Magistrados de llamar a la totalidad de ellos a formar Salas, y sobre la determinación de la composición de las Secciones; y, por otro, lo establecido en losartículos 35 y 26 del Reglamento del Consejo de Aspectos accesorios de las Actuaciones Judiciales » (STS, 3.ª, 9-III-2011, rec. 659/2009 ).2. Adm. Órgano o división administrativa.