Diccionario panhispánico del español jurídico

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seguridad jurídica

Sublema de seguridad
Const. Principio general del derecho que impone que toda persona tenga conocimiento cierto y anticipado sobre las consecuencias jurídicas de sus actos y omisiones.
CE, art. 9.3. Ley n.º 963, del Digesto Jurídico Nicaragüense (La Gaceta, Diario Oficial, n.º 203, del 25 de octubre de 2017), de Nicaragua, art. 3.