Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

Seguridad Social

1. Adm. y Lab. En sentido estricto, institución jurídica constituida para atender las prestaciones por desempleo, incapacidad, jubilación y otras situaciones socio-laborales de necesidad de las personas.
CE, art. 149.1.17.ª. El Estado tiene reservada la competencia de legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social, sin perjuicio de la ejecución de sus servicios por las comunidades autónomas.
2. Adm. y Lab. En sentido amplio, sistema o conjunto organizado de prestaciones destinadas a atender las situaciones de necesidad de las personas, que incluye la Seguridad Social en sentido estricto y la acción social.
CE, art. 41 . Los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo. La asistencia y prestaciones complementarias serán libres.

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