Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

servicio electoral

Parl.; Ven. Deber constitucional, por el cual las electoras y los electores prestan servicio en funciones electorales durante el período de un un año contado a partir del momento en que son seleccionadas o seleccionados.
Ley Orgánica del Poder Electoral, art. 50.