Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

servicio ferroviario complementario

Adm. Conjunto de servicios que el administrador de infraestructuras ferroviarias puede ofrecer a las empresas ferroviarias, quedando obligado a prestarlos a las que lo soliciten, como la corriente de tracción, el suministro de combustible, el precalentamiento de trenes de viajeros, el de maniobras y cualquier otro relacionado con las operaciones sobre el material ferroviario prestado en las instalaciones de mantenimiento, reparación, suministro y terminales de carga y estaciones de clasificación; también los específicos para el control del transporte de mercancías peligrosas y para la asistencia a la circulación de convoyes especiales, así como el acceso a la red de telecomunicación, el suministro de información complementaria y la inspección técnica del material rodante.
LSF, Anexo I, 18.