Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

servicio universal

Sublema de servicio
Adm. y Eur. Conjunto definido de servicios con una calidad determinada, accesibles a todos los usuarios con independencia de su localización geográfica y a un precio asequible, que deben prestar obligatoriamente las empresas titulares de servicios públicos de interés general.
La noción se aplica a los servicios de telecomunicaciones, ferroviarios, postales y otros, y la obligación de prestación del servicio, sin perjuicio de su financiación proporcional por todos los prestadores en el sector correspondiente, se atribuye preferentemente al operador dominante. LGTel 9/2014, arts. 25 y sigs.; Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los ususarios y del mercado postal; Directiva 2002/22/CE, de 7-III-2001, del Parlamento y el Consejo europeos.

Referenciado desde