Merc.Sociedad de responsabilidad limitada que, por no alcanzar la cifra de capital mínimo, está sujeta a un régimen especial.
Las especialidades se refieren a la dotación de reservas, al reparto de dividendos y a la remuneración de socios y administradores. En caso de liquidación, los socios pueden verse obligados a desembolsar la cifra de capital mínimo legal. LSC, art. 4 bis.