- subrogación del prestamista
- Merc. En el contrato de préstamo hipotecario, subrogación de una entidad financiera en el préstamo otorgado por otra, sin necesidad de contar con su consentimiento, a petición del deudor, cuando este ha obtenido un préstamo de aquella entidad para pagar la deuda y ha hecho constar su propósito en la escritura pública.
Ley 2/1994, de 30 de marzo, sobre subrogación y modificación de préstamos hipotecarios, art. 2.
Sublema de subrogación