Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

suficiencia financiera local

1. Adm., Const. y Fin. Principio constitucional exigente de la dotación de las entidades locales constitucionalmente garantizadas con medios económico-financieros bastantes para el cumplimiento de sus funciones.
2. Adm. y Const. Condición de la efectividad de la garantía constitucional de la autonomía local.
CE, art. 142. SSTC 79/1985, de 19 de diciembre; 19/1987, de 17 de febrero; 96/1990, de 24 de mayo; 166/1998, de 15 de julio; 233/1999, de 16 de diciembre; 104/2000, de 13 de abril; y 48/2004, de 25 de marzo.