Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

suplicatorio

1. Proc. Forma que adopta la petición a un órgano superior para que ejecute una diligencia judicial.
LECrim, art. 184.
2. Parl. Instrumento procesal por el que la autoridad judicial solicita permiso a una Cámara para actuar contra uno de sus miembros y que encuentra su razón de ser en la prerrogativa de la inmunidad de la que gozan diputados y senadores, no así los diputados autonómicos que se limitan a poseer un fuero procesal especial, cuya tramitación estará presidida por la verificación jurídico-formal de la solicitud de suplicatorio y no por condicionamientos políticos.
Reglamento del Congreso de los Diputados, art. 13 ; Reglamento del Senado, art. 22 ; LECrim, art. 750.

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