Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

titularidad indistinta

Merc. En un depósito a la vista, titularidad que permite la disponibilidad del saldo o la realización de otras operaciones a varias personas de forma independiente.
«En este motivo se aborda la cuestión de si los herederos, con la partición, aprobaron tácitamente el retiro de los fondos por la recurrente, cosa que hizo por la titularidad indistinta de la cuenta, a nombre del causante y de ella» (STS, 1.ª, 8-XI-2006, rec. 668/2000).

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