- trabajador transfronterizo
- 1. Gral. Trabajador extranjero que, residiendo en la zona limítrofe, desarrolle su actividad en España y regrese a su lugar de residencia diariamente.
Ley de Extranjería, art. 43.1.º. 2. Eur. Trabajador que desempeña su cometido en el territorio de un Estado miembro y reside en el territorio de otro Estado miembro, al que regresa en principio cada día o al menos una vez por semana.Reglamento 1408/71 /CEE, art. 1, letra b).
Sublema de trabajador