Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

usufructo vidual

Sublema de usufructo
Civ. Usufructo que corresponde al cónyuge viudo que al morir su consorte no se hallase separado de este judicialmente o de hecho, si concurre a la herencia con hijos o descendientes, que en el régimen del Código Civil recae sobre el tercio destinado a mejora.
CC, art. 834.