Diccionario panhispánico del español jurídico

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vehículo histórico

Sublema de vehículo
Adm. Vehículo catalogado y matriculado como tal por tener una determinada antigüedad o presentar una singularidad relevante.
Pueden ser declarados vehículos históricos los que tengan una antigüedad mínima de veinticinco años, los que están incluidos en el inventario general de bienes muebles del patrimonio histórico español, los que han pertenecido a alguna personalidad relevante o han intervenido en algún acontecimiento de trascendencia histórica o los que constituyen un vehículo de colección. «Para circular por las vías o terrenos objeto de la legislación sobre el tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, los vehículos históricos deberán estar dotados de permiso de circulación, tarjeta de inspección técnica, placas de matrícula y, en su caso, distintivo» (Real Decreto 1247/1995, de 14 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vehículos Históricos, arts. 1 y 6).