Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

velis nolis

Gral. Por las buenas o por las malas.
«La preterida lo único que ha solicitado en su demanda es la reducción en la medida necesaria para cubrir la porción que por legítima le corresponda, y ello es materia que pertenece al ámbito de su autonomía, no es de interés público y de obligatorio cumplimiento que en todo caso de preterición (antes de la Ley 11/1981 ) se habría de producir, velis nolis, la nulidad de la institución de heredero» (STS, 1.ª, 7-XI-2008, rec. 1793/2003).