Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

vis est et tunc, quotiens quis id, quod deberi sibi putat, non per iudicem reposcit

Gral. 'Hay violencia también entonces y cuando alguien no reclama por medio del juez lo que cree que se le debe' (Calistrato: Digesto 4, 2, 13; 48, 7, 7).
La regla se inscribe en la doctrina de la interdicción del recurso a las vías de hecho para la realización del propio derecho.