Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

área de uso especial

Sublema de área
Adm. y Amb.; Ven. Espacio del territorio nacional que por sus características especiales, localización y dinámica, requiere ser sometido a un régimen especial de manejo, a los fines de cumplir objetivos específicos de interés general como el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales en él contenidos, la protección y recuperación de áreas degradadas, la conservación de bienes de interés histórico cultural y arqueológicos, la conservación de infraestructuras fundamentales y la seguridad y defensa de la Nación.
Ley Orgánica para la Planificación y Gestión de la Ordenación del Territorio, art. 4.