Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

autoescuela

Adm. Centro docente autorizado para impartir de forma profesional la enseñanza de los conocimientos, habilidades y aptitudes necesarias para la obtención de un permiso o licencia de conducir.
«Los centros de formación requerirán autorización previa, que tendrá validez en todo el territorio español en el caso de que se establezcan secciones o sucursales» (TRLTSV, art. 62.1).

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