Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

beneficencia provincial

Sublema de beneficencia
Adm. Conjunto de establecimientos que, según el Reglamento de 14 de mayo de 1852 sobre organización de la beneficencia, «tienen por objeto el alivio de la humanidad doliente en enfermedades comunes, la admisión de menesterosos incapaces de un trabajo personal que sea suficiente para proveer a su subsistencia, el amparo y la educación […]».
De esta clase son los hospitales de enfermos, las casas de misericordia, de maternidad y expósitos, de huérfanos y desamparados (art. 3 del Reglamento).