Diccionario panhispánico del español jurídico

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Constitución de la República del Paraguay

Sublema de Constitución1
Const. Ley fundamental de Paraguay, sancionada y promulgada el 20 de junio de 1992, en la ciudad de la Asunción, en vigor desde esa fecha.
Cuenta con un preámbulo y dos partes, la primera dedicada a las declaraciones fundamentales, derechos, deberes y garantías, y la segunda dedicada al ordenamiento político de la República. Cada parte se estructura en títulos, capítulos, secciones, con un total de 291 artículos, más otros 20 artículos que recogen las disposiciones finales y transitorias. Su artículo primero proclama que Paraguay se constituye en Estado social de derecho, unitario, indivisible y descentralizado en la forma que establecen la Constitución y las leyes.
«El pueblo paraguayo, por medio de sus legítimos representantes reunidos en Convención Nacional Constituyente, invocando a Dios, reconociendo la dignidad humana con el fin de asegurar la libertad, la igualdad y la justicia, reafirmando los principios de la democracia republicana, representativa, participativa y pluralista, ratificando la soberanía e independencia nacionales, e integrado a la comunidad internacional, sanciona y promulga esta Constitución» (Preámbulo).