consulta local Adm. Consulta a la población de una entidad local.Debe ser celebrada dentro de los límites del artículo 149.1.18 de la CE , de los Estatutos de Autonomía y de la LRBRL, arts. 18 y 71.ArgentinaConstitución de la Nación Argentina, promulgada el 3-I-1995ChileConstitución política de la República de Chile, promulgada el 17-IX-2005ColombiaConstitución política de Colombia, publicada en la Gaceta Constitucional n.º 116, de 20-VII-1991. Costa RicaConstitución política de la República de Costa RicaMéxicoConstitución política de los Estados Unidos Mexicanosconsulta del Ministerio Fiscalconsulta no referendaria