Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

lista de competencias

Sublema de lista
Adm. y Const. Relación de competencias establecidas en la Constitución.
Puede tratarse de una lista única que determine las competencias de la federación (así en los federalismos antiguos, como el norteamericano —Constitución de 1787— o el suizo —Constitución de 1874—). En la Ley Fundamental de Bonn de 1949 se recogen tres listas: la de competencias legislativas exclusivas de la federación, la de competencias concurrentes y la de competencias de ejecución (arts. 72 y sigs.). La Constitución Española de 1978 utiliza dos listas con contenido muy complejo. La primera, establecida en el artículo 148 , tiene una vigencia limitada por el párrafo dos del precepto a cinco años, y la segunda, establecida en el artículo 149, contiene competencias estatales de diversa naturaleza y habilitaciones a favor de los estatutos de autonomía para que asignen a la competencia de las comunidades autónomas las que no estén reservadas exclusivamente al Estado.