Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

plan de autoprotección

Sublema de plan
Gral. Plan que establece el marco orgánico y funcional previsto para un establecimiento o dependencia, con el objeto de prevenir y controlar los riesgos sobre las personas y los bienes y dar respuesta adecuada a las posibles situaciones de emergencia, en la zona bajo responsabilidad del titular de la actividad, garantizando la integración de estas actuaciones con el sistema público de protección civil.
Real Decreto 393/2007, de 23-III, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia, art. 3.

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