reincidencia disciplinaria Sublema de reincidencia Mil. Infracción disciplinaria muy grave o grave cometida por el militar o miembro de la Guardia Civil que incurre en una nueva falta grave o leve, respectivamente, teniendo anotadas y no canceladas otras faltas.LORDFA, arts. 8.17 y 7.41; LORDGC, arts. 7.26 y 8.32.ArgentinaLey 26394, por la que se aprueba el Código de Disciplina de las Fuerzas Armadas, Anexo IV, promulgada el 26-VIII-2008ChileLey 18.948, Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas, promulgada el 22-II-1990ColombiaLey 1862 de 2017, por la cual se establecen las normas de conducta del Militar Colombiano y se expide el Código Disciplinario, publicada en el Diario Oficial 50315, el 4 de agosto de 2017.MéxicoLey de Disciplina del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15-III-1926MéxicoLey de Disciplina para el Personal de la Armada de México, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13-XII-2002reincidenciareincidencia en el acto ilícito