- violación de acuerdos internacionales
- Mil. Modalidad de delito contra las leyes y usos de la guerra cometido por el militar que lleva a cabo o da orden de cometer actos contrarios a las prescripciones de los convenios internacionales ratificados por España relativos a la conducción de las hostilidades, la protección de heridos, enfermos o náufragos, trato de prisioneros de guerra, protección de civiles en tiempo de guerra y protección de bienes culturales en caso de conflicto armado distintos de los tipificados en el resto de delitos contra las leyes y usos de la guerra.
CPM 1985, art. 78.
Sublema de violación