- infracción del deber de residencia
- 1. Mil. Infracción disciplinaria leve cometida por el militar que deja de observar las normas relativas a la obligación de residencia, no comunica el lugar de su domicilio habitual o temporal y los datos que hagan posible su localización si lo exigen las necesidades del servicio o se desplaza al extranjero sin autorización cuando sea preceptiva.2. Mil. Infracción disciplinaria leve cometida por el miembro de la Guardia Civil que deja de observar las normas relativas a la obligación de residencia, desatiende el llamamiento para la prestación de un servicio, no se incorpora a su unidad con la mayor prontitud posible cuando sea requerido para ello, no comunica su domicilio o los datos precisos para su localización o se coloca en situación de no ser localizado.
LORDGC, art. 9.4.
Sublema de infracción de deber