- legalidad
- 1. Gral. Reglas y principios contenidos en las normas.2. Gral. Ordenamiento jurídico.3. Mil. Principio en virtud del cual solo serán castigadas como delitos militares las acciones y omisiones previstas como tales en el Código Penal Militar, o como faltas disciplinarias las previstas en la
Ley Orgánica de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas o en la Ley Orgánica de Régimen Disciplinario de la Guardia Civil , respectivamente.CPM, art. 1; LORDFA, art. 5.1; LORDGC, art. 5 . «La legalidad sancionadora se colma con la previsión que la norma disciplinaria contiene en términos de certeza, de manera que los destinatarios de la misma puedan conocer anticipadamente el sentido y alcance de la prohibición, pudiendo adecuar su conducta a lo que en ella se establece» (STS, 5.ª, 6-IV-2015, rec. 6/2015 ).